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Indemnización por accidente de tráfico

Responsabilidad del banco por el uso indebido de la de una persona con discapacidad

Indemnización por accidente de tráfico

Tras un accidente de tráfico una persona quedó incapacitada totalmente y recibió una indemnización que fue depositada en una cuenta a su nombre. Desde esa cuenta, y sin autorización judicial, los padres de la persona con discapacidad realizaron transferencias a una sociedad para saldar sus deudas. La entidad financiera permitió el uso indebido de esas cantidades para saldar las deudas con la sociedad de la que el padre era socio y administrador.

En primera instancia, el juzgado desestimó la demanda contra la entidad financiera, pero condenó a la sociedad a devolver el dinero. La Audiencia Provincial confirmó esta decisión.

El Tribunal Supremo, al revisar el recurso de casación, concluyó que la entidad financiera debía responder por su falta de diligencia al permitir estas transferencias, ya que conocía el origen y destino de los fondos y se benefició de ellos.

El Tribunal Supremo subraya que, aunque no era necesaria una autorización judicial para las transferencias, el banco tenía la obligación de actuar con especial diligencia al tratarse de fondos de una persona vulnerable. Destaca la importancia de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Ley 8/2021, que refuerzan la protección de los derechos de las personas con discapacidad.

En consecuencia, condena solidariamente a la entidad financiera y a la sociedad mercantil a devolver a la persona con discapacidad el dinero con intereses legales, y ordena al juzgado competente adoptar medidas para evitar futuras administraciones abusivas.

 

 

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